ACREDITACIÓN DE LABORATORIOS


La acreditación de un laboratorio de ensayos supone el reconocimiento por parte de la Administración de que el laboratorio dispone de los medios técnicos necesarios, de maquinaria, instrumental, personal e instalaciones, para realizar adecuadamente los ensayos acreditados.

La acreditación, por tanto, se otorga específicamente a aquellos laboratorios de una empresa que demuestren su capacitación técnica, sin que en ningún caso pueda entenderse otorgada a la empresa en general.

Sólo se reconocen cubiertos por la acreditación los ensayos acreditados inscritos en el Registro.

Para garantizar la responsabilidad y fiabilidad de los resultados emitidos por los laboratorios acreditados, las actas de resultados de ensayos deben reflejar el número de inscripción en el Registro de Laboratorios de Ensayos, así como señalar claramente la condición de Ensayo Acreditado por la Junta de Andalucía. Asimismo deben contener la norma de ensayo utilizada y la firma del técnico titulado responsable del mismo.

(Las informaciones ofrecidas por este medio tienen exclusivamente carácter ilustrativo, y no originarán derechos ni expectativas de derechos ( Decreto 204/1995 , artículo 4; B.O.J.A. 136 de 26 de octubre). Para un conocimiento más detallado y actual de los mismos podrá dirigirse al Servicio de Fomento y Control de Calidad de la Dirección General de Planificación de esta Consejería a través del correo electrónico, controldecalidad.copt@juntadeandalucia.es )

 

 
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